Si eres propietario y estás pensando en alquilar tu vivienda, uno de los mayores riesgos que existen hoy en día es que tus inquilinos dejen de pagar las cuotas del alquiler.
Es una situación poco agradable y, además, a veces complicada de prever, ya que puede ser difícil saber cuál es el candidato perfecto. Para que publicar tu inmueble en un portal de alquiler no te genere ningún miedo, algo que puedes hacer es contar con la protección adecuada.
A lo largo de estas líneas te contaremos cómo contratar un seguro de impago de inquilinos y te explicaremos cuáles son los principales requisitos para hacerlo. Sigue leyendo y gana en tranquilidad con la garantía de que, pase lo que pase, tus ingresos mensuales por el alquiler de tu vivienda estarán cubiertos.
¿Qué es un seguro de impago para inquilinos?
Un seguro de impago de inquilinos es una póliza que cubre las cuotas mensuales al propietario en caso de que el inquilino no pague el alquiler durante el periodo acordado en el contrato.
Estos seguros se encargan, en consecuencia, de ofrecer protección en caso de impago de las rentas, pero no sólo de eso, sino que también pueden incluir coberturas de daños a la propiedad o asistencia jurídica.
¿Qué garantías ofrece el seguro de impago de alquiler?
El seguro de impago funciona como un colchón en lo económico, al aportar seguridad al propietario en caso de que el inquilino deje de pagar la renta. No sólo esto, y es que este tipo de seguro puede incluir otras coberturas, como las ya mencionadas cobertura de daños a la propiedad o la asistencia jurídica.
¿De qué otras garantías puedes disfrutar con esta póliza? Te hablamos de todas ellas a continuación:
- Reclamaciones por actos vandálicos. Si los inquilinos dejan el mobiliario de la vivienda muy dañado, la aseguradora asumirá hasta 3.000 euros del coste de los daños, siempre después de que un perito compruebe los mismos.
- Reclamaciones de daños de origen contractual. Con esta cláusula, se cubren aquellos daños provocados por terceros.
- Reclamación de reparaciones y mantenimiento. Si tienes que pagar por la reparación de algún elemento del hogar, la aseguradora puede encargarse de llevar a cabo las reclamaciones pertinentes.
- Defensa y reclamación de contratos de arrendamiento. El seguro se hará cargo de los costes legales del proceso de reclamación, en caso de que el inquilino haya concluido su contrato de alquiler.
- Defensa de los derechos relativos a la vivienda o local. La aseguradora puede hacerse cargo de defender al propietario en caso de que ocurran disputas con los vecinos.
- Defensa en casos de responsabilidad penal. Cuando los problemas sean de carácter legal, de tipo penal, se cubrirán los costes derivados de los procesos judiciales.
- Asistencia jurídica telefónica. Resolución de las dudas que, como arrendador, tengas sobre el contrato de alquiler.
Requisitos para contratar el seguro de impago de alquiler
A la hora de contratar el seguro de impago de alquiler para inquilinos las aseguradoras exigen que se realice un análisis de solvencia al inquilino. De esta forma, ya se pueden filtrar aquellos perfiles que pueden tener problemas a la hora de pagar las cuotas en un futuro.
De hecho, se recomienda que el importe total del alquiler de un año no supere el 40% de los ingresos anuales del inquilino. Es decir, que deben contar con solvencia económica y una estabilidad laboral que les permita el acceso a la vivienda.
Pero ¿qué más se debe solicitar a una persona antes de alquilarle una vivienda, con el objetivo de asegurar el pago de las cuotas? La documentación que el propietario deberá solicitar al inquilino para aportar a la compañía de seguros es la siguiente:
Trabajadores por cuenta ajena
Además de no estar inscritos en ningún registro de morosos, los propietarios deben entregar a la aseguradora los siguientes documentos en caso de alquilar su vivienda a terceros.
- Dos últimas nóminas de los inquilinos y el contrato laboral.
- Copia del DNI.
- Solicitud del seguro.
Autónomos
En el caso de los autónomos, los requisitos varían ligeramente, siendo los documentos necesarios los siguientes:
- Última declaración de la renta.
- Dos últimos recibos del pago de autónomos a la Seguridad Social.
- Copia del DNI.
- Solicitud del seguro.
Pensionistas
En este caso, para que el propietario de una vivienda alquilada pueda contratar el seguro de impago de inquilinos, debe pedir a las personas que cobren la pensión:
- Último justificante de pensión emitido por la Seguridad Social.
- Copia del DNI.
- Solicitud del seguro.
Actualmente, no son los únicos documentos que se deben presentar ante la aseguradora ya que, además, el propietario debe ocuparse de entregar una copia del contrato firmado por ambas partes.
Pasos para la contratación de un seguro de impago de inquilinos
El proceso para contratar el seguro de impago de inquilinos es, por lo habitual, bastante sencillo. En unos pocos pasos, tendrás una póliza segura y perfecta para contar con protección y garantías extras sobre una vivienda alquilada de tu propiedad.
¿Qué te recomendamos desde ASEGURO? A continuación, te daremos las claves para que contrates siempre la mejor opción a tu alcance.
1. Compara diferentes opciones
Antes de contratar este seguro, es recomendable solicitar presupuestos a varias aseguradoras. Cada una puede ofrecer coberturas y condiciones distintas, por lo que es esencial tener sobre la mesa varias opciones para seleccionar la que mejor se adapte a tus necesidades y a las características de tu propiedad.
2. Solicita la documentación del inquilino
Una vez hayas seleccionado una aseguradora, necesitarás recopilar la documentación necesaria del inquilino, que generalmente incluirá:
- Contrato laboral.
- Últimas nóminas o justificantes de ingresos.
- Declaración de renta (en algunos casos).
Esta información permitirá a la aseguradora evaluar la solvencia del inquilino y determinar si cumple con los requisitos para la aprobación del seguro.
3. Firma del contrato de seguro
Una vez que la aseguradora haya evaluado la documentación y aprobado la solicitud, el siguiente paso es formalizar la contratación del seguro. El propietario deberá firmar el contrato de la póliza, en el cual se detallarán las condiciones, coberturas, exclusiones y la prima a pagar.
En este punto, es fundamental leer detenidamente todas las cláusulas del contrato para asegurarse de que no haya dudas sobre las responsabilidades de ambas partes.
4. Pago de las primas
Al igual que en otros tipos de seguros, la prima del seguro de impago puede pagarse de forma anual o fraccionada, dependiendo de la aseguradora y de lo que se establezca en el contrato.
En cualquiera de los casos, asegúrate de realizar el pago de acuerdo con lo pactado para que la póliza esté activa y vigente.
5. Seguimiento y renovación
Una vez suscrita la póliza del seguro de impago de inquilinos, es importante estar al tanto de las fechas de renovación y revisar periódicamente las condiciones del seguro, especialmente si se producen cambios en la situación del inquilino o en el mercado de alquiler.
En ASEGURO sabemos lo importante que es que disfrutes de la mayor tranquilidad posible. Por eso, entre nuestra amplia oferta de seguros contamos con el de impago de alquiler.
Contacta con nosotros y descubre una nueva manera de garantizar la máxima protección y seguridad a la hora de alquilar una vivienda.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tarda en responder un seguro de impago?
En el momento en que el inquilino deje de pagar una cuota del alquiler, el propietario deberá avisar a la aseguradora en el menor tiempo posible. Lo habitual es que el seguro comience a cubrir las rentas impagadas una vez se inicien las acciones legales pertinentes contra el inquilino o una vez que pasen tres meses del inicio de los impagos.
¿Cuánto cuesta un seguro de impago de alquiler de vivienda?
Aunque depende de la aseguradora, este seguro suele costar entre un 3 y un 5% del coste total de la renta por año.